Derechos de terceros en caso de renuncia o enajenación

31 L.P.R.A. § 8414, under El Usufructo.

31 L.P.R.A. § 8414

La renuncia al usufructo o su enajenación no perjudica a terceros, quienes conservan sus derechos durante el tiempo que dure el usufructo como si la renuncia o la enajenación no hubiera tenido lugar.