La renuncia al usufructo o su enajenación no perjudica a terceros, quienes conservan sus derechos durante el tiempo que dure el usufructo como si la renuncia o la enajenación no hubiera tenido lugar.
31 L.P.R.A. § 8414, under El Usufructo.
31 L.P.R.A. § 8414
La renuncia al usufructo o su enajenación no perjudica a terceros, quienes conservan sus derechos durante el tiempo que dure el usufructo como si la renuncia o la enajenación no hubiera tenido lugar.