Término del cargo; informes sobre administración

31 L.P.R.A. § 844, under Tutores Especiales a Personas Insolventes Mentalmente Incapacitadas.

31 L.P.R.A. § 844

Los tutores especiales ejercerán su cargo por tiempo y sujeto a las demás condiciones que determine el tribunal, debiendo rendir un informe semestral haciendo constar que han administrado los bienes en beneficio del incapacitado.