Procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia

31 L.P.R.A. § 847, under Tutores Especiales a Personas Insolventes Mentalmente Incapacitadas.

31 L.P.R.A. § 847

El Tribunal de Primera Instancia tendrá jurisdicción concurrente con el Tribunal de Distrito para entender en los procedimientos aquí dispuestos. Las disposiciones de las secs. 841 a 847 de este título no afectarán la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia para entender en los procedimientos de tutela provistos en este título.