Anticresis

31 L.P.R.A. § 8741, under La Anticresis.

31 L.P.R.A. § 8741

La anticresis es el derecho real constituido en garantía de una obligación mediante el cual el acreedor adquiere el derecho de percibir los frutos de un bien inmueble de su deudor, con la obligación de aplicarlos al pago de los intereses, si se deben, y después, al del capital de su crédito.