Los contratantes pueden pactar la compensación de los intereses de la deuda con los frutos de la finca objeto de la anticresis.
31 L.P.R.A. § 8744, under La Anticresis.
31 L.P.R.A. § 8744
Los contratantes pueden pactar la compensación de los intereses de la deuda con los frutos de la finca objeto de la anticresis.