El comprador con pacto de retroventa de una parte de finca indivisa que adquiere la totalidad de la misma en el caso de la sec. 8230 de este título, puede obligar al vendedor a redimir el todo, si este quiere hacer uso del retracto.
31 L.P.R.A. § 8857, under El Retracto Convencional.
31 L.P.R.A. § 8857
El comprador con pacto de retroventa de una parte de finca indivisa que adquiere la totalidad de la misma en el caso de la sec. 8230 de este título, puede obligar al vendedor a redimir el todo, si este quiere hacer uso del retracto.