La interrupción de la prescripción de las acciones en las obligaciones solidarias aprovecha o perjudica por igual a todos los acreedores y deudores, excepto en las obligaciones extracontractuales cuando concurren varios causantes de un daño.
31 L.P.R.A. § 9063, under Algunas Clases de Obligaciones.
31 L.P.R.A. § 9063
La interrupción de la prescripción de las acciones en las obligaciones solidarias aprovecha o perjudica por igual a todos los acreedores y deudores, excepto en las obligaciones extracontractuales cuando concurren varios causantes de un daño.