Eficacia de la oferta de pago en las obligaciones de hacer

31 L.P.R.A. § 9184, under Los Subrogados del Pago.

31 L.P.R.A. § 9184

La persona obligada a una prestación de hacer queda liberada si satisface los requisitos del inciso (a) o (b) de la sec. 9181 de este título y demuestra su disposición y capacidad de cumplir, si es que para ello requiere de la cooperación activa del acreedor.