Hecha debidamente la consignación, el deudor puede pedir al tribunal que determine la suficiencia del pago y ordene cancelar la obligación.
31 L.P.R.A. § 9185, under Los Subrogados del Pago.
31 L.P.R.A. § 9185
Hecha debidamente la consignación, el deudor puede pedir al tribunal que determine la suficiencia del pago y ordene cancelar la obligación.