La persona que de cualquier modo contraviene el tenor de su obligación, debe indemnizar los daños y perjuicios causados.
31 L.P.R.A. § 9303, under Responsabilidad Civil.
31 L.P.R.A. § 9303
La persona que de cualquier modo contraviene el tenor de su obligación, debe indemnizar los daños y perjuicios causados.