Mora del deudor; interpelación

31 L.P.R.A. § 9311, under Factores de Atribución de Responsabilidad y Eximentes.

31 L.P.R.A. § 9311

La persona obligada a entregar o a hacer alguna cosa incurre en mora desde que el acreedor le exige, judicial o extrajudicialmente, el cumplimiento de su obligación.