El deudor que se vale de terceros para ejecutar la obligación, responde por el dolo o la culpa de estos, salvo pacto distinto.
31 L.P.R.A. § 9317, under Factores de Atribución de Responsabilidad y Eximentes.
31 L.P.R.A. § 9317
El deudor que se vale de terceros para ejecutar la obligación, responde por el dolo o la culpa de estos, salvo pacto distinto.