Las acciones relacionadas con los derechos reales subsisten mientras subsista el derecho de quien las invoca, salvo cuando la ley dispone algo distinto.
31 L.P.R.A. § 9494, under La Prescripción.
31 L.P.R.A. § 9494
Las acciones relacionadas con los derechos reales subsisten mientras subsista el derecho de quien las invoca, salvo cuando la ley dispone algo distinto.