La retención puede ejercitarse sobre la totalidad de la cosa que está en posesión del acreedor, independientemente de la cuantía del crédito adeudado al retenedor.
31 L.P.R.A. § 9643, under La Facultad de Retención.
31 L.P.R.A. § 9643
La retención puede ejercitarse sobre la totalidad de la cosa que está en posesión del acreedor, independientemente de la cuantía del crédito adeudado al retenedor.