Libertad contractual; juramento

31 L.P.R.A. § 9753, under Disposiciones Generales.

31 L.P.R.A. § 9753

Es facultativo contratar o no hacerlo, y hacerlo, o no, con determinada persona. Estos derechos no pueden ejercerse abusivamente ni contra una disposición legal. Las partes pueden acordar cualquier cláusula que no sea contraria a la ley, a la moral o al orden público.

En los contratos el juramento se tiene por no escrito.