Caducidad

31 L.P.R.A. § 9777, under El Consentimiento.

31 L.P.R.A. § 9777

(a) La oferta caduca:(a) Al vencer el plazo o cumplirse la condición que estableció el oferente; o(b) por el rechazo de la persona a la que se dirige.La oferta y la aceptación no caducan por la muerte o la incapacidad del oferente o del aceptante, salvo cuando se trata de obligaciones personalísimas.

(a) Al vencer el plazo o cumplirse la condición que estableció el oferente; o

(b) por el rechazo de la persona a la que se dirige.

La oferta y la aceptación no caducan por la muerte o la incapacidad del oferente o del aceptante, salvo cuando se trata de obligaciones personalísimas.