Contrato sobre bien futuro o ajeno; herencia futura

31 L.P.R.A. § 9791, under Otros Elementos de los Contratos.

31 L.P.R.A. § 9791

Es válido el contrato que tiene por objeto un bien futuro o ajeno, si reúne los requisitos del objeto descritos en las secs. 6121 a 6147 de este título.

El contrato sobre un bien futuro o ajeno es aleatorio si no se garantiza la existencia del bien; de lo contrario, es conmutativo y condicional.

La persona que promete un bien futuro o ajeno debe emplear su mayor diligencia para que el bien llegue a existir o ingrese en su patrimonio.

Si el contrato tiene por fin transmitir la propiedad de un bien ajeno, será solo título de nueva adquisición, la que ocurrirá cuando la persona transmitente adquiera el bien ajeno y cumpla con el modo que corresponda al bien transmitido.

Se prohíbe el contrato sobre herencia futura.