Contrato sobre el hecho de un tercero

31 L.P.R.A. § 9812, under La Incorporación de Terceros en el Contrato.

31 L.P.R.A. § 9812

El contrato sobre el hecho de un tercero es aquel por el cual una de las partes se obliga a realizar la actividad necesaria para que el tercero cumpla la prestación prometida.

La obligación consiste en emplear los medios adecuados, salvo que se garantice el resultado.

El cumplimiento del tercero libera al promitente.