Cuando el objeto de la compraventa es una finca y el precio ha sido convenido alzadamente, no tiene lugar el aumento o disminución del precio aunque resulte mayor o menor cabida.
31 L.P.R.A. § 9972, under La Compraventa.
31 L.P.R.A. § 9972
Cuando el objeto de la compraventa es una finca y el precio ha sido convenido alzadamente, no tiene lugar el aumento o disminución del precio aunque resulte mayor o menor cabida.