Documentos serán nulos si no tienen sellos

32 L.P.R.A. § 1481, under Derechos y Costas.

32 L.P.R.A. § 1481

Todos y cada uno de los documentos o escritos que requieran el pago de derechos para su presentación ante el tribunal serán nulos y sin valor y no se admitirán como prueba en juicio a menos que dicho pago esté debidamente evidenciado, conforme a las normas que a tales fines establezca el(la) Juez(a) Presidente(a) del Tribunal Supremo o la persona en quien éste(a) delegue.