Todo documento expedido para la Sociedad de Asistencia Legal, de acuerdo con la sec. 1496 de este título, tendrá el mismo valor legal como si en el mismo se hubieren pagado los derechos, aranceles, contribuciones o impuestos que exige la ley.
32 L.P.R.A. § 1498, under Derechos y Costas.
32 L.P.R.A. § 1498
Todo documento expedido para la Sociedad de Asistencia Legal, de acuerdo con la sec. 1496 de este título, tendrá el mismo valor legal como si en el mismo se hubieren pagado los derechos, aranceles, contribuciones o impuestos que exige la ley.