Terminado un asunto, el secretario del tribunal formalizará y unirá cuidadosamente a los autos el índice de su contenido.
32 L.P.R.A. § 1530, under Disposiciones Generales.
32 L.P.R.A. § 1530
Terminado un asunto, el secretario del tribunal formalizará y unirá cuidadosamente a los autos el índice de su contenido.