Solicitud para que testamento se eleve a escritura pública

32 L.P.R.A. § 2242, under Modo de Elevar a Escritura Pública el Testamento o Codicilo Hecho de Palabra.

32 L.P.R.A. § 2242

La solicitud pidiendo que se eleve a escritura pública dicho testamento será presentada con la nota o memoria de las disposiciones orales del testador al tiempo de hacerse, si se hubiere tomado; los nombres de los testigos que deban ser examinados; del notario, si alguno hubiere concurrido al otorgamiento y por cualquiera causa no lo hubiere elevado a escritura pública, y una exposición del interés legítimo que tenga el que presente la solicitud.