Auto definitivo aprobando cuenta; apelación

32 L.P.R.A. § 2514, under Cuentas de Administradores y Albaceas.

32 L.P.R.A. § 2514

El Tribunal de Primera Instancia dictará auto definitivo, bien aprobando la cuenta presentada o haciendo en ella modificaciones y alteraciones con cargo al albacea o administrador que el derecho y la justicia reclamen; contra dicho auto podrá interponerse recurso de apelación.