Comparecencia de partes que no se mencionan en la demanda

32 L.P.R.A. § 2906, under Disposiciones Generales.

32 L.P.R.A. § 2906

Todas las personas que ocuparen cualquiera de las propiedades descritas en la demanda, que tuvieren o pretendieren tener cualquier interés en la misma o en los daños y perjuicios ocasionados por la expropiación, aunque no se les mencionare en ella, podrán comparecer y alegar su derecho, cada una por lo que respecta al dominio o interés que en la propiedad tuviere o reclamare, de igual modo que si su nombre figurase en la demanda.