Afectación de terrenos para fines públicos—Término máximo

32 L.P.R.A. § 2926, under Disposiciones Generales.

32 L.P.R.A. § 2926

Se establece un término de ocho (8) años contados a partir de la fecha de afectación como el período durante el cual cualesquiera terrenos de propiedad privada pueden estar afectados como consecuencia de estar reservados para fines o uso público.

Este término comenzará a contar desde la fecha en que se deniegue todo uso productivo de unos terrenos.