Toda información pertinente es admisible en la vista y no tiene que presentarse de acuerdo con las Reglas de Evidencia para el Tribunal General de Justicia.
32 L.P.R.A. § 3232k, under Ley de Arbitraje de Puerto Rico.
32 L.P.R.A. § 3232k
Toda información pertinente es admisible en la vista y no tiene que presentarse de acuerdo con las Reglas de Evidencia para el Tribunal General de Justicia.