(a) Este subcapítulo aplicará al arbitraje comercial internacional, sin perjuicio de cualquier tratado multilateral o bilateral vigente entre los Estados Unidos de América y cualquier otro país o países.
(b) Las disposiciones de este subcapítulo, con excepción de las secs. 3233g, 3233h, 3233x, 3233y, 3233z, 3233rr y 3233ss de este título, se aplicarán únicamente, si el lugar del arbitraje se encuentra en el territorio de Puerto Rico.
(c) Un arbitraje es internacional si:(1) Al momento de la celebración de ese acuerdo, las partes en un acuerdo de arbitraje tienen sus lugares de negocios en países diferentes, o(2) uno de los siguientes lugares está situado fuera del país en el que las partes tienen sus lugares de negocios:(A) El lugar del arbitraje, si este se ha determinado en el acuerdo de arbitraje o con arreglo al acuerdo de arbitraje;(B) el lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar donde el objeto del litigio tenga una relación más estrecha; o(3) las partes han convenido expresamente en que la cuestión objeto del acuerdo de arbitraje está relacionada con más de un país.
(1) Al momento de la celebración de ese acuerdo, las partes en un acuerdo de arbitraje tienen sus lugares de negocios en países diferentes, o
(2) uno de los siguientes lugares está situado fuera del país en el que las partes tienen sus lugares de negocios:(A) El lugar del arbitraje, si este se ha determinado en el acuerdo de arbitraje o con arreglo al acuerdo de arbitraje;(B) el lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar donde el objeto del litigio tenga una relación más estrecha; o
(A) El lugar del arbitraje, si este se ha determinado en el acuerdo de arbitraje o con arreglo al acuerdo de arbitraje;
(B) el lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar donde el objeto del litigio tenga una relación más estrecha; o
(3) las partes han convenido expresamente en que la cuestión objeto del acuerdo de arbitraje está relacionada con más de un país.
(d) A los efectos del inciso anterior:(1) Si alguna de las partes tiene más de un lugar de negocios, este será el que guarde una relación más estrecha con el acuerdo de arbitraje;(2) si una parte no tiene ningún lugar de negocios, se tomará en cuenta su residencia habitual.
(1) Si alguna de las partes tiene más de un lugar de negocios, este será el que guarde una relación más estrecha con el acuerdo de arbitraje;
(2) si una parte no tiene ningún lugar de negocios, se tomará en cuenta su residencia habitual.