Fidecomisario del fideicomiso de fines públicos

32 L.P.R.A. § 3354a, under Ley de Fideicomisos.

32 L.P.R.A. § 3354a

Se constituye fideicomiso de fines públicos, aunque no se designen fideicomisarios definidos o claramente identificables.

Si el fideicomiso de fines públicos tiene varios fiduciarios, las facultades que les confiere este capítulo y podrán ejercitarse por voto de la mayoría, salvo que los términos del fideicomiso dispongan otra cosa.