Exención del caudal relicto

32 L.P.R.A. § 3354i, under Ley de Fideicomisos.

32 L.P.R.A. § 3354i

Todos los bienes pertenecientes a un fideicomiso de plan de retiro estarán excluidos o exentos de las disposiciones del Código Civil de Puerto Rico sobre Sucesiones y Herencia, y su disposición se determinará según los términos del documento o documentos que rigen el fideicomiso de plan de retiro.