Forma

32 L.P.R.A. § 3566, under Injunctions para Retener o Recobrar la Posesión de Bienes Inmuebles.

32 L.P.R.A. § 3566

El predicho injunction ordenará que el demandante sea restablecido en la posesión y requerirá al perturbador para que en lo sucesivo se abstenga de cometer tales actos u otros que manifiesten el mismo propósito, bajo apercibimiento de desacato al tribunal por desobediencia al predicho injunction.