Toda persona autorizada a celebrar matrimonios que, a sabiendas celebre o autorice un matrimonio prohibido por la ley civil incurrirá en delito menos grave.
33 L.P.R.A. § 5173, under Delitos Contra la Familia.
33 L.P.R.A. § 5173
Toda persona autorizada a celebrar matrimonios que, a sabiendas celebre o autorice un matrimonio prohibido por la ley civil incurrirá en delito menos grave.