Maltrato a personas de edad avanzada

33 L.P.R.A. § 5186a, under Delitos Contra la Familia.

33 L.P.R.A. § 5186a

Toda persona que, cometa abuso físico, emocional, financiero, agresión, robo, apropiación ilegal, amenaza, fraude, o violación, contra una persona de edad avanzada, causándole daño o exponiéndole al riesgo de sufrir daño a su salud, su bienestar, o sus bienes, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de diez (10) años.