Profanación de cadáver o cenizas

33 L.P.R.A. § 5187, under Delitos Contra la Familia.

33 L.P.R.A. § 5187

Toda persona que ilegalmente mutile, desentierre o remueva de su sepultura, o del lugar en que se halle aguardando el momento de ser enterrado o cremado, el cadáver de un ser humano o parte del mismo, o sus restos o cenizas, o que de otra forma los profane, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años.