Secuestro

33 L.P.R.A. § 5223, under Delitos Contra los Derechos Civiles.

33 L.P.R.A. § 5223

Toda persona que mediante fuerza, violencia, intimidación, fraude o engaño, sustrae, o retiene y oculta, a otra persona privándola de su libertad será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de veinticinco (25) años.

Cuando se sustrae a la víctima del lugar en que se encuentre y se mueva del mismo, la sustracción de la víctima debe ser por tiempo o distancia sustancial y no meramente incidental a la comisión de otro delito.