Amenazas

33 L.P.R.A. § 5243, under Delitos Contra los Derechos Civiles.

33 L.P.R.A. § 5243

Incurrirá en delito menos grave, toda persona que amenace a una o varias personas con causar un daño determinado a su persona o su familia, integridad corporal, derechos, honor o patrimonio.

La persona cometerá delito grave y se impondrá pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años si dicha amenaza provoca la evacuación de un edificio, lugar de reunión, o facilidad de transporte público.