Junta de Confiscaciones—Informe anual

34 L.P.R.A. § 1724d, under Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011.

34 L.P.R.A. § 1724d

La Junta someterá un informe anual no más tarde del 1ro de septiembre al Gobernador y a la Asamblea Legislativa. Dicho informe incluirá una relación detallada de los fondos ingresados y el uso que se ha dado a los mismos durante el año natural inmediatamente anterior. Asimismo, incluirá un inventario de la propiedad confiscada que permanece en poder de la Junta de Confiscaciones.