Solicitud del auto

34 L.P.R.A. § 1742, under Procedimiento para el Hábeas Corpus.

34 L.P.R.A. § 1742

(1) La solicitud del auto se hará a petición firmada por la persona a cuyo favor se hace o por otra nombre de aquélla, y especificará lo siguiente:(1) Que la persona a cuyo favor se solicita el auto está encarcelada y privada de su libertad, el funcionario o persona que le privó de la libertad, y el sitio o lugar en donde se encuentra, describiendo las partes, si son conocidas o desconocidas.(2) Si se alega que la encarcelación es ilegal, la solicitud ha de contener también las razones en que se funde la pretendida ilegalidad.(3) La solicitud ha de ser jurada por la persona que la haga.

(1) Que la persona a cuyo favor se solicita el auto está encarcelada y privada de su libertad, el funcionario o persona que le privó de la libertad, y el sitio o lugar en donde se encuentra, describiendo las partes, si son conocidas o desconocidas.

(2) Si se alega que la encarcelación es ilegal, la solicitud ha de contener también las razones en que se funde la pretendida ilegalidad.

(3) La solicitud ha de ser jurada por la persona que la haga.