Comparecencia de la persona bajo custodia

34 L.P.R.A. § 1749, under Procedimiento para el Hábeas Corpus.

34 L.P.R.A. § 1749

La persona a quien va dirigido el auto, si éste es cumplimentado, habrá de traer al preso bajo su custodia de acuerdo con lo ordenado en el auto, exceptuando los casos especificados en la sec. 1750 de este título.