Vista o examen del diligenciado y otras cuestiones

34 L.P.R.A. § 1751, under Procedimiento para el Hábeas Corpus.

34 L.P.R.A. § 1751

El tribunal o juez ante quien ha de verse el auto diligenciado, luego de cumplimentado éste, procederá a la vista y examen de las diligencias y de todo lo demás que pueda presentarse y dé luz en dicha vista para su consideración.