El auto de hábeas corpus no podrá ser utilizado para rebajar la cuantía de una fianza sin antes haberse agotado el procedimiento establecido en la Regla 218 de Procedimiento Criminal, Ap. II de este título.
34 L.P.R.A. § 1761b, under Procedimiento para el Hábeas Corpus.
34 L.P.R.A. § 1761b
El auto de hábeas corpus no podrá ser utilizado para rebajar la cuantía de una fianza sin antes haberse agotado el procedimiento establecido en la Regla 218 de Procedimiento Criminal, Ap. II de este título.