El oficial que reciba dicha orden la ejecutará trayendo a la persona allí citada ante el tribunal o juez que expidió dicha orden.
34 L.P.R.A. § 1766, under Procedimiento para el Hábeas Corpus.
34 L.P.R.A. § 1766
El oficial que reciba dicha orden la ejecutará trayendo a la persona allí citada ante el tribunal o juez que expidió dicha orden.