El fiscal entablará, dentro de su distrito, todos los procesos por quebrantamiento de cauciones juratorias para el cobro de multas, penas pecuniarias, deudas y confiscaciones en nombre de El Pueblo de Puerto Rico.
34 L.P.R.A. § 182, under Facultades y Deberes del Fiscal.
34 L.P.R.A. § 182
El fiscal entablará, dentro de su distrito, todos los procesos por quebrantamiento de cauciones juratorias para el cobro de multas, penas pecuniarias, deudas y confiscaciones en nombre de El Pueblo de Puerto Rico.