Proceso por cauciones juratorias quebrantadas, multas, penas pecuniarias, etc

34 L.P.R.A. § 182, under Facultades y Deberes del Fiscal.

34 L.P.R.A. § 182

El fiscal entablará, dentro de su distrito, todos los procesos por quebrantamiento de cauciones juratorias para el cobro de multas, penas pecuniarias, deudas y confiscaciones en nombre de El Pueblo de Puerto Rico.