Exámenes médicos periódicos al personal

34 L.P.R.A. § 3079, under Ley del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico.

34 L.P.R.A. § 3079

El personal del Instituto será sometido periódicamente, no menos de una vez al año, a exámenes médicos completos, que incluirán los análisis clínicos pertinentes. Dichos exámenes serán efectuados libres de costo para los empleados del Instituto por el Hospital Universitario del Recinto de Ciencias Médicas. El Director Ejecutivo será responsable de hacer anualmente las gestiones necesarias con el Director Médico del Hospital Universitario para que se efectúen estos exámenes médicos.