Nuevo juicio

34 L.P.R.A. § 4040, under Ley de Análisis de ADN Post Sentencia.

34 L.P.R.A. § 4040

El procedimiento establecido en este capítulo no equivale a una solicitud de nuevo juicio. No obstante, cualquier solicitud de nuevo juicio basada en los resultados del análisis de ADN provisto en este capítulo, deberá hacerse al amparo de las Reglas 188 y 192 de las de Procedimiento Criminal de Puerto Rico.