Las recusaciones mencionadas en las secs. 526 y 527 de este título se formularán y decidirán en la misma forma que las recusaciones contra el pequeño jurado.
34 L.P.R.A. § 528, under Gran Jurado.
34 L.P.R.A. § 528
Las recusaciones mencionadas en las secs. 526 y 527 de este título se formularán y decidirán en la misma forma que las recusaciones contra el pequeño jurado.