La palabra “jurado” o “jurados”, según se emplea en el Código Penal de Puerto Rico, Título 33, comprenderá los miembros del gran jurado y del pequeño jurado.
34 L.P.R.A. § 576, under Gran Jurado.
34 L.P.R.A. § 576
La palabra “jurado” o “jurados”, según se emplea en el Código Penal de Puerto Rico, Título 33, comprenderá los miembros del gran jurado y del pequeño jurado.