Presentada que sea una acusación del Gran Jurado ante el tribunal se seguirán en lo sucesivo en cuanto sea posible los mismos procedimientos como si se tratara de una acusación del fiscal.
34 L.P.R.A. § 577, under Gran Jurado.
34 L.P.R.A. § 577
Presentada que sea una acusación del Gran Jurado ante el tribunal se seguirán en lo sucesivo en cuanto sea posible los mismos procedimientos como si se tratara de una acusación del fiscal.