Fomento de capital privado

4 L.P.R.A. § 1528, under Empresas de Adiestramiento y Trabajo.

4 L.P.R.A. § 1528

Se autoriza y se faculta a la Corporación para promover, persuadir e inducir al capital privado a iniciar y mantener en operación y en cualquier otra forma promover el establecimiento y funcionamiento de toda clase de operaciones comerciales, cooperativas, corporaciones especiales de trabajadores dueños, sociedad o cualquier otra entidad de servicios industriales, agrícolas, agropecuarias, agroindustriales y artesanales para lograr los objetivos de este capítulo y para beneficio de los participantes. Asimismo, podrá iniciar cualquier actividad o programa cubierto por este capítulo por sí o conjuntamente con otras entidades privadas o gubernamentales.