Egreso de confinados—Pase extendido

4 L.P.R.A. § 1604, under Egreso de Confinados o Internos que Padecen de Enfermedades en su Etapa Terminal y SIDA.

4 L.P.R.A. § 1604

La salida de los confinados de las instituciones penales y los jóvenes de las instituciones juveniles en las circunstancias de las secs. 1601 a 1607 de este título, será considerado como pase extendido.