La salida de los confinados de las instituciones penales y los jóvenes de las instituciones juveniles en las circunstancias de las secs. 1601 a 1607 de este título, será considerado como pase extendido.
4 L.P.R.A. § 1604, under Egreso de Confinados o Internos que Padecen de Enfermedades en su Etapa Terminal y SIDA.
4 L.P.R.A. § 1604
La salida de los confinados de las instituciones penales y los jóvenes de las instituciones juveniles en las circunstancias de las secs. 1601 a 1607 de este título, será considerado como pase extendido.